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Propone Morena reformar norma sobre “billetes falsos”

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Redacción | México D.F.
Con el propósito de establecer que la conducta de ‘uso’ de un billete falso, sin conocimiento previo, no es de ningún modo equiparable a la producción, almacenamiento y distribución de moneda falsa, el diputado por Morena, Cuitláhuac García, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados el Proyecto de Decreto que deroga el párrafo cuarto del artículo 234 y crea el artículo 234 bis del Código Penal Federal.

El legislador consideró, en su exposición, que la falsificación de moneda es un delito federal que incluye la producción, almacenamiento, distribución y uso premeditado de moneda falsa, que representa un agravio para la sociedad en su conjunto, dada la inseguridad en la circulación monetaria que genera la introducción de dinero falso, y que el Estado debe combatirlo con toda la fuerza institucional que sea capaz, tanto en razón del impacto desestabilizador que tiene en la economía nacional y como por el daño al peculio de las personas, por lo cual, dijo, se hace necesario adaptar la norma penal a la siempre cambiante realidad social a fin de combatir este flagelo y evitar la aplicación injusta de penas privativas de libertad a quienes no son responsables de conductas delincuenciales.

“Actualmente la ciudadanía es doblemente victimizada por el delito de falsificación de moneda, por un lado, es blanco de grupos delincuenciales que cambian dinero malo por bueno, y por otra parte es víctima de una norma anacrónica que prácticamente obliga a las personas a convertirse en peritos en identificación de moneda falsa, so pena presuponer el uso premeditado de moneda falsa, a quien por desgracia ha sido engañado y dañado en su patrimonio”, comentó.

Debido a lo anterior aseveró la necesidad de precisar el elemento normativo del tipo penal de falsificación de moneda, en su modalidad de uso, “a sabiendas”, para evitar que el ciudadano común sea sometido a un procedimiento penal y encarcelado por el solo hecho de no ser un perito que pueda reconocer a simple vista el circulante falsificado.

“La falta de la precisión ha traído como consecuencia que ciudadanos comunes y corrientes sean acusados del delito de falsificación de moneda, en su modalidad de hacer uso de manera premeditada o a sabiendas, y condenados a penas de prisión excesivas, desproporcionadas y que atentan contra los derechos humanos de las personas, que oscilan entre los 5 y los 12 años de prisión”, lamentó.

En su conclusión, dijo es necesario ser congruentes con la reciente aprobación, por parte de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, del Código Nacional de Procedimientos Penales, en donde esta conducta, es decir el delito de falsificación de moneda ya no es considerada como causal de prisión preventiva.

“Luego entonces no es posible que la pena para este injusto penal sea equivalente a la producción, almacenamiento y distribución. Particularmente esto último, la distribución, así sea de un billete es lo que generó es similitud de sanciones, lo cual a la luz de los razonamientos expresados resulta desproporcionado y contrario al sentido del Ley”, finalizó.

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